Nuevas disposiciones sanitarias

Nuevas disposiciones sanitarias

ADN Ciudad

06 Agosto 2021

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Desde el pr贸ximo 7 de agosto hasta el 1 de octubre regir谩 un nuevo Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) y el Gobierno adelant贸 cuales ser谩n los principales ejes destacando un esquema de aperturas sostenidas y progresivas que adopta el pa铆s.


El Gobierno nacional inform贸 los par谩metros para definir situaciones de alarma epidemiol贸gica y sanitaria. Ser谩n consideradas situaciones de alarma epidemiol贸gica y sanitaria en aglomerados urbanos de m谩s de 300.000 habitantes, aquellas en las que:
馃搶 La ocupaci贸n de camas totales de terapia intensiva sea superior al 80%.
馃搶 La variaci贸n porcentual del n煤mero de pacientes internados en UTI por Covid-19 de los 煤ltimos siete d铆as, respecto de los siete d铆as anteriores sea superior al 20 por ciento.
馃搶 Contin煤an en vigencia las medidas de cuidado individual como la distancia m铆nima de dos metros entre personas, el uso de tapabocas, la ventilaci贸n de los ambientes en forma adecuada y constante, y la higiene frecuente de las manos.

Actividades permitidas en todo el territorio nacional

En espacios cerrados:
馃搶 La pr谩ctica de deportes, eventos sociales, culturales, recreativos y religiosos;聽 y las actividades realizadas en cines, teatros, clubes, locales gastron贸micos, centros culturales,聽 gimnasios, casinos y bingos, con un aforo del聽 70%.
馃搶 La asistencia a centros de d铆a y clubes de adultos mayores con un aforo del 70% cuyos asistentes cuenten con el esquema completo de vacunaci贸n contra la COVID-19, y hayan transcurrido 14 d铆as desde entonces.
馃搶 Las reuniones sociales en domicilios particulares de hasta 20 personas.

En espacios abiertos:

馃搶 La realizaci贸n de excursiones y actividades tur铆sticas de acuerdo a los protocolos y normativa vigente, que se efect煤en exclusivamente en transportes que permitan mantener ventilaci贸n exterior adecuada de manera constante y cruzada.
馃搶 Las reuniones y actividades en espacios p煤blicos de hasta 100 personas.

馃搶 La autoridad jurisdiccional podr谩 disminuir el aforo establecido seg煤n los par谩metros epidemiol贸gicos y sanitarios.

Viajes grupales:

馃搶 Las jurisdicciones podr谩n autorizar la realizaci贸n de viajes en grupos de hasta 10 personas para actividades recreativas, sociales y comerciales, en tanto tengan como origen y destino aglomerados que no sean considerados en Situaci贸n de Alarma Epidemiol贸gica y Sanitaria; que se realicen en base a los protocolos; que no incluyan pasajeros que hayan estado en el exterior durante los 煤ltimos 14 d铆as o sean convivientes de quien revista tal condici贸n; no hayan sido contacto estrecho de un caso confirmado de Covid-19 durante los 14 d铆as previos al viaje, ni hayan tenido un diagn贸stico positivo de Covid-19 en el mismo per铆odo.

Clases presenciales:

馃搶 Se mantendr谩n las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en todo el pa铆s,聽 dando efectivo cumplimiento a los par谩metros de evaluaci贸n, estratificaci贸n y determinaci贸n del nivel de riesgo epidemiol贸gico y condiciones establecidas en las Resoluciones Nros. 364 del 2 de julio de 2020, 370 del 8 de octubre de 2020, 386 y 387 ambas del 13 de febrero de 2021 del Consejo Federal de Educaci贸n, sus complementarias y modificatorias.

Quedan suspendidas en todo el pa铆s las siguientes actividades:

馃搶 Eventos masivos, entendidos como todo acto, reuni贸n o acontecimiento de car谩cter eventual, cuyo objeto sea art铆stico, musical, festivo o deportivo, capaz de producir una concentraci贸n mayor a 1.000 asistentes.

馃搶 Reuniones sociales en domicilios particulares de m谩s de 10 personas si se realizan en espacios interiores y de hasta 20 personas si se realizan al aire de libre.

馃搶 Viajes grupales de egresados jubilados y jubiladas y grupales de estudiantes o similares.

馃搶 Actividades y reuniones sociales en espacios p煤blicos al aire libre de m谩s de 100 personas.

馃搶 Actividades en discotecas, salones de fiestas, bailes, o actividades similares.

馃搶 Los gobernadores y el jefe de Gobierno de la Ciudad Aut贸noma de Buenos Aires, en atenci贸n a las condiciones epidemiol贸gicas y sanitarias, podr谩n disponer restricciones temporarias y focalizadas adicionales en los lugares bajo su jurisdicci贸n.

Actividades que se suspenden en aglomerados urbanos en situaci贸n de alarma epidemiol贸gica y sanitaria por el t茅rmino de nueve d铆as:

馃搶 La circulaci贸n nocturna de las personas, entre las 20 y hasta las 6 del d铆a siguiente.

馃搶 Eventos masivos (art铆sticos, musicales, festivos o deportivos).

馃搶 Las actividades econ贸micas, industriales, comerciales y de servicios en lugares cerrados con 50 por ciento de aforo.

馃搶Las actividades recreativas, culturales, religiosas y deportivas con 30% de aforo.

Medidas de fronteras:

馃搶 Se estableci贸 el cupo semanal de 11.900 plazas para argentinos y argentinas y residentes hasta el 6 de septiembre y, en adelante, un cupo semanal de 16.100 plazas si se habilitan nuevos corredores seguros.

馃搶 Dentro de las plazas mencionadas, 700 pasajeros podr谩n ser priorizados por el Estado Nacional por razones de urgencia o para atender cuestiones esenciales impostergables o de representaci贸n oficial o diplom谩tica, a los efectos de facilitar su viaje al pa铆s.

馃搶 Sigue prohibido el ingreso de extranjeros.

馃搶 Se eliminan las restricciones de vuelos directos por pa铆ses con la posibilidad de habilitar vuelos especiales para facilitar el ingreso de argentinos desde esos pa铆ses (Brasil, Chile, Reino Unido, etc).

馃搶 Los gobernadores y gobernadoras podr谩n solicitar la apertura de nuevos corredores seguros (terrestres y/o a茅reos) siempre que cuenten con protocolo aprobado por la autoridad sanitaria provincial, previendo en su caso los mecanismos de testeo, aislamiento y traslado de las muestras respectivas para la secuenciaci贸n gen贸mica que deber谩 dem谩s estar aprobado por el Ministerio de Salud de la Naci贸n.

馃搶 Sigue prohibido el ingreso por frontera terrestre.

馃搶 Dentro de los nuevos corredores seguros a implementar a partir del 6 de septiembre del 2021, y seg煤n la situaci贸n de cobertura de vacunaci贸n, sanitaria y epidemiol贸gica en origen y en destino, desde el 6 de septiembre los gobernadores podr谩n proponer la implementaci贸n de una experiencia piloto聽 de ingreso de extranjeros provenientes de Chile y la Rep煤blica Oriental del Uruguay solo con esquemas completos de vacunaci贸n y cuarentena obligatoria.

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