Alivio para refinanciar deudas
13 Julio 2026
Las familias porteñas con préstamos personales o de tarjetas de crédito en mora podrán acceder desde el 3 de agosto a un programa de refinanciación con una tasa fija de hasta el 35% anual y un plazo mínimo de devolución de 24 meses. La medida fue reglamentada por el Gobierno porteño luego de la sanción de una ley aprobada por la Legislatura.
El Gobierno porteño reglamentó la Ley N° 6.959, que crea el Programa de Desendeudamiento Familiar y Personal, una iniciativa que busca facilitar la regularización de préstamos personales y deudas con tarjetas de crédito en mora mediante mayores plazos de pago y una tasa fija que no podrá superar el 35% de Tasa Nominal Anual (TNA).
El beneficio estará disponible durante un período de 60 días a partir del próximo 3 de agosto y será instrumentado por el Banco Ciudad y por las entidades financieras que decidan adherirse al programa.
Al anunciar la medida, el jefe de Gobierno, Jorge Macri, sostuvo: "Las familias porteñas podrán refinanciar sus deudas de tarjetas de crédito y préstamos en mora con más plazo y una tasa de interés fija. Es un alivio para la clase media que trabaja, se esfuerza y quiere ponerse al día". Además, destacó que "esta fue una propuesta que trabajamos en conjunto entre el Poder Ejecutivo y la Legislatura para convertirla en una ley financieramente viable".
Podrán acceder al programa quienes acrediten deudas originadas por tarjetas de crédito y/o préstamos personales otorgados exclusivamente por entidades financieras, registren una mora en situación 2 o 3 del Banco Central —entre 60 y 180 días de atraso—, tengan ingresos familiares inferiores a diez salarios mínimos y destinen más del 30% de los ingresos mensuales del hogar al pago de deudas. También deberán acreditar un domicilio real en la Ciudad con una antigüedad mínima de dos años.
La norma excluye a quienes sean propietarios de más de un inmueble, posean vehículos con menos de cinco años de antigüedad —excepto aquellos utilizados para actividades laborales debidamente acreditadas—, sean titulares de embarcaciones, aeronaves o bienes suntuarios sujetos a registro, cuenten con activos financieros superiores al monto de la deuda reclamada o hayan comprado divisas durante el período en que se generaron las deudas.
La ley también dispone que el Banco Ciudad implemente, a través de Ciudad Microempresas S.A.U., una línea específica de refinanciación destinada a emprendedores y trabajadores no registrados que mantengan obligaciones con esa entidad y presenten atrasos de entre 60 y 180 días.
Como incentivo para las entidades financieras, la Ciudad otorgará una reducción del 50% del impuesto sobre los Ingresos Brutos aplicable a los intereses percibidos por las refinanciaciones. Los bancos que deseen adherirse al programa podrán hacerlo hasta el 31 de julio y tendrán la posibilidad de ofrecer condiciones más favorables que las establecidas por la ley.


