AGIP actualiza topes y alivios fiscales
02 Junio 2026
La AGIP elevó los límites de facturación que determinan las alícuotas de Ingresos Brutos para distintos sectores económicos y aumentó el monto mínimo de deuda tributaria considerado en trámites fiscales. Según el Gobierno porteño, las medidas buscan evitar que la inflación genere una mayor carga impositiva y simplificar gestiones para contribuyentes y empresas.
La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) actualizó los topes de facturación que determinan las alícuotas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para diversos sectores de la economía porteña.
La medida, aprobada por la Legislatura de la Ciudad, tiene como objetivo evitar que el impacto de la inflación provoque un aumento real de la carga tributaria. De acuerdo con el Ejecutivo porteño, cuando la facturación crece únicamente por efecto de los precios y no por un incremento de la actividad económica, los contribuyentes no deberían afrontar una mayor presión impositiva.
A partir del 1° de junio, el tope de facturación anual para actividades vinculadas a servicios públicos —como gas, electricidad y agua—, restaurantes y hoteles, comunicaciones, servicios inmobiliarios y de alquiler, servicios sociales y de salud, enseñanza y administración pública, entre otros rubros, pasó de $2.004.000.000 a $2.154.300.000.
En el caso de las actividades de comercialización y reparaciones, el límite anual se elevó de $364.000.000 a $391.128.000.
Otra de las modificaciones implementadas por la AGIP consiste en incrementar de $1.000 a $10.000 el monto mínimo de deuda tributaria que se considera en los trámites para acreditar inexistencia de deuda o solicitar beneficios fiscales. Según el organismo, la iniciativa apunta a agilizar estos procedimientos y facilitar el acceso de los contribuyentes.
Bonificaciones para el Régimen Simplificado
La AGIP también mantiene beneficios destinados a contribuyentes que desarrollan actividades independientes y están alcanzados por el Régimen Simplificado.
De acuerdo con el esquema vigente durante este año, quienes realizan prestaciones de servicios de manera independiente, como peluqueros, fotógrafos, mecánicos, personal trainers y esteticistas, acceden a bonificaciones según la categoría en la que se encuentren inscriptos.
Las categorías A, B y C reciben una bonificación del 100% del impuesto, mientras que las categorías D a H cuentan con una reducción del 75%.
Estas medidas forman parte del proceso de unificación del Régimen Simplificado de la Ciudad con el Monotributo Nacional, que desde enero de 2026 permite a más de 200.000 contribuyentes porteños centralizar la gestión de sus trámites tributarios.


